Quien cometa este delito va a ser sancionado con prisión de seis a diez años y multa de hasta doscientos días. Para los efectos de este producto, se comprende por actos sexuales los tocamientos o manoseos indecentes, o los que representen actos explícitamente sexuales o que fuercen a la víctima a efectuarlos.
Los delitos sexuales son los que mucho más han incrementado entre todas y cada una de las figuras delictivas, en lo que va de 2021. Se comprenden de esta manera los actos que vulneran la independencia sexual o la privacidad de otra persona. Hay de diversos tipos y a fin de que la justicia proceda, comunmente se requerirá un informe. Las variantes de la pena se generan eminentemente dependiendo del género de delito y sus situaciones agravantes. Además, se hace particular referencia a los realizados contra inferiores.
En forma de ejemplo, observaremos ahora los primordiales delitos sexuales y la pena que acarrean. En todo caso, la opción mejor siempre y en todo momento es recurrir a los servicios de abogados expertos en delitos sexuales.
Abuso sexual y violación
Según el producto 261, asimismo hay abuso sexual en el momento en que se sostienen relaciones íntimas con un individuo mayor de quince años pero menor de dieciocho años, lo que más allá de que no es incorrecto, sí Es recomendable recalcar que en muchas legislaciones locales en México, este delito se conoce como violación, con variantes de edad, que en la mayoría de los casos fluctúan entre los 12 y los dieciocho años.
Agravación del delito de abuso sexual de inferiores de 16 años
Las penas básicas y agravadas por el delito de abuso sexual de inferiores de 16 años van a ser sancionadas con las que corresponden pena de prisión en su mitad superior en los próximos casos:
- En el momento en que la víctima se halle en una situación de total indefensión por poco avance intelectual o físico.
- En el momento en que la víctima tenga menos de 4 años.
- Si los hechos se cometen por la acción conjunta de 2 o mucho más personas.
- En el momento en que el responsable realice empleo de una relación de superioridad o vínculo, por ser ascendente, hermano o familiar de la víctima para cometer el delito.
- Si el culpable pone en riesgo la vida o la salud de la víctima, intencionadamente o por culpa grave.
- En el momento en que el delito se cometa en el seno de una organización o conjunto delictivo que se dedique a semejantes ocupaciones.
Tipo básico de abuso sexual
El tipo básico es el recogido en el producto 181.1 del Código Penal, consistente en la comisión de actos que vulneran la independencia sexual y la indemnización de otro persona siempre y cuando concurran 2 requisitos:
- Que no permanezca crueldad ni intimidación, puesto que en estas situaciones estaríamos comentando de agresión sexual y no de abuso sexual.
- Que no hay permiso.
¡Wow, qué tema tan fuerte! Creo que deberían aumentar las penas para proteger a los niños.
¡Qué barbaridad! Deberían aumentar las penas para proteger a los niños indefensos.
¡Qué artículo tan impactante! Estoy en desacuerdo, ¿realmente debería haber un tipo básico de abuso sexual?
¡Qué tema tan complicado! Creo que deberían aumentar las penas para proteger a los niños.
Estoy en desacuerdo contigo. Aumentar las penas no necesariamente protege a los niños. Es importante enfocar en la prevención y educación para evitar situaciones de riesgo. Penalizar más no siempre es la solución.
¡Qué barbaridad! Debería haber cadena perpetua para estos monstruos. Justicia para las víctimas. #NoAlAbusoInfantil.